“Legum Servi Sumus”

“Legum Servi Sumus”

Hoy, rondando el medio siglo, cuando las canas invitan a mis queridos colegas a esgrimir el argumento democrático del artículo primero de nuestra, hoy tan maltratada y nunca justamente valorada Carta Magna, al rezar su parte dogmática que “…se propugnan como principios superiores de nuestro Ordenamiento Jurídico la Libertad, la Justicia, la Igualdad y el pluralismo político” a cederme el honor de dar este primer paso en prosa del nuevo camino que hoy comenzamos a “hacer”, gracias a las personas que componen García-Echave; viene a mi mente, con esta retórica decimonónica, y por qué no decirlo, con la nostalgia de mis años de universidad, la cita del filósofo y jurista Marco Tulio Cicerón “Legum servi sumus ut liberi ese possimus” (Discurso Pro Cluentio, 66 a.C.), “somos esclavos de las leyes para poder ser libres”. En este mundo volátil, incierto, complejo y ambiguo (haciendo mía la definición anglosajona creada en otro contexto del Colegio de Guerra del Ejército de los Estados Unidos), tras mi medio siglo de ejercicio, creo que EL ABOGADO tiene un papel ambicioso en este “mundo VUCA”; pretender que vivimos en una sociedad libre es casi tan ingenuo como pensar que vivimos en una sociedad justa, pero ello no es óbice para que los letrados, los juristas del siglo XXI podamos aportar, día a día, nuestro pequeño grano de arena, “prestar un servicio a la sociedad” “mediante la aplicación de la ciencia y la técnica jurídicas”, “por medio del consejo y la defensa de derechos e intereses”(parafraseando el artículo primero del Estatuto de la Abogacía vigente), un gramo de libertad, un gramo de felicidad, en todas y cada una de nuestras actuaciones, en las vidas de las personas que acuden a nuestro consejo. No pretendo vincular, ni mucho menos, libertad con felicidad; pero si aspiro a reivindicar que cumpliendo con las leyes, invitando, en nuestros 360 grados de posibilidades, a, tras la oportuna interpretación y aplicación de la norma, acercar la apariencia de libertad del ser humano al beneficio común, parte integrante del beneficio individual, mediante el cumplimiento de nuestras obligaciones, origen de nuestros derechos, acercar a las personas a la libertad, a la felicidad. Según las Cortes de Cádiz, este acercamiento a la felicidad, en su artículo 13 de La Constitución Española de 1812, La Pepa, corresponde al Gobierno, al establecer que “el objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen”. Hoy todo español sabe que la función del Gobierno no es la felicidad de la Nación, pero si puede ser una legítima y modesta aspiración de los que gustan definirse como “letrados”.

Mis compañeros y yo, las personas que compartimos el proyecto de “García-Echave”, somos conscientes de que somos personas al servicio de personas, somos abogados al servicio de personas. Nos gusta creer que en este mundo volátil, incierto, complejo y ambiguo aportamos un ápice de empatía, elegancia, técnica y generosidad.

Valentín V. García-Echave

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